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INTENDENCIA DE SORIANO DECRETO Nº 2082

VISTO:-Las medidas de reapertura de los locales bailables, de fiesta, bares, restaurantes, pizzerías y afines, dispuestas por el Gobierno Nacional.

CONSIDERANDO:La necesidad de instrumentar la reapertura de los citados locales contando con los correspondientes protocolos.

ATENTO: A lo expuesto y a las facultades otorgadas a la Administración,

EL INTENDENTE DE SORIANO: R E S U E L V E;

1°)=Dispónese la habilitación de locales bailables, de fiesta, bares, restaurantes, pizzerías y afines, condicionado al fiel cumplimiento por parte de los titulares de los mismos, que cuenten con habilitación municipal de las exigencias que a continuación se detallan:

a) Presentación ante esta Comuna con el nombre de la persona designada como responsable del cumplimiento sanitario, aportando nombre, Cédula de Identidad, Teléfono, Dirección.

b) La persona designada como responsable del cumplimiento sanitario deberá, mientras dure el evento, encontrarse en el local en que se desarrolla el mismo.

c) Téngase presente que es obligatorio el cumplimiento de los protocolos sanitarios existentes y el respeto a los aforos establecidos.

d) Los aforos autorizados para el Departamento son:

– 45% Para público mixto (vacunados y no vacunados).

– 70% para personas vacunadas con inmunidad completa.

HORARIOS:

2°)= Todas las actividades que se desarrollen deberán indefectiblemente terminar en los horarios que se establecen:

Sábados, Domingos y noches previas a feriados hora 05.00 AM, restantes días 02.00.

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