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FEBRERO DEL 2008
EDITORIAL
Breve Historia del Carnaval del Uruguay El carnaval llegó al Uruguay durante el periodo colonial, como herencia de la "festa calendarum" del imperio romano. En Montevideo, hacia comienzos del siglo XIX, era una fiesta de corrida de tres días, anterior a la Cuaresma, en la cual tenia lugar una verdadera guerra de agua y huevos donde todo era posible. En su origen, el carnaval montevideano fue practicado por toda la sociedad, particularmente por el patriciado y por las mujeres, que con total libertad se dedicaban al juego del agua y a un contacto muy franco con el sexo opuesto. Al finalizar el siglo, los coros, tablados y bailes ya duraban dos o tres semanas, mientras la fiesta se extendía en el tiempo y perdía intensidad y locura. A medida que se "disciplinaba" por influencia de la Iglesia Católica y de los sectores conservadores, el carnaval fue multiplicando las máscaras, los disfraces, las comparsas ( conjuntos informales de músicos que cantaban versos picarescos ) y los bailes en teatros y clubes de la capital y del interior.
La importación, desde España, de algunas prácticas por parte de los
primeros pobladores de la ciudad de Montevideo, dieron origen a los
festejos de carnaval. Es posible que en el año 1760,las primeras prácticas
populares de manifestación carnavalesca consistían en tirarse con huevos
frescos o vaciados y rellenados con agua, a semejanza del carnaval
medieval Europeo. Los sucesivos intentos oficiales de "racionalizar" las
prácticas de carnaval comenzaron ya a fines del siglo XVIII, donde se puso
fin a estos festejos generalizados, privilegiando las representaciones
artísticas que ya en esa época habían pasado a ocupar el centro de
atención del público montevideano. La progresiva institucionalización y
manejo oficial del carnaval, sustituyendo las prácticas de carácter
espontáneo imperantes durante todo el siglo pasado. La población
montevideana a fines del siglo XIX estaba caracterizada por dos rasgos
sobresalientes que incidían directamente en sus formas culturales: "la
temprana urbanización y europeización de hábitos y mentalidades a través
de la inmigración". En este contexto terminan por imponerse los modelos
europeos de festejos de carnaval.
Asimismo se iniciaron las primeras competencias de comparsas, mientras se iba configurando un negocio estacional, que abarcaba desde la venta de disfraces y máscaras hasta los servicios pagos de los primeros letristas profesionales. Poco a poco creció la concepción del carnaval como espectáculo para ver y oír, en detrimiento del carnaval como juego y participación, sin actores ni espectadores.
Estos cambios convergieron, en 1873 es la organización del primer
desfile oficial de comparsas. El objetivo de las autoridades era terminar
con los excesos que se producían en las "guerras" de agua, encauzando la
fiesta hacia las actividades concretas y programadas que dejaban menos
espacio a la espontaneidad callejera. Se sentaron entonces las bases del
carnaval mas largo del mundo y uno de los mas polifacéticos debido a su
origen mestizo y multirracial.
Detrás de ellos se ubican en varios casos cuerpos de baile de chicos, algunos de muy corta edad observados de cerca por sus mayores. En varios casos niños, padres y abuelos de una misma familia desfilan juntos integrando el mismo grupo.
Una de las particularidades del desfile es que el 95 por ciento de los
participantes no recibe paga alguna, y el resto, integrado por los
directores de los grupos y sus principales figuras se reparten los premios
que otorga la organización para los mejores.
La murga y su origen gallego Comenzado el siglo XX se gestó la segunda vertiente más importante del carnaval uruguayo, la murga, palabra de origen hispano. Sus comienzos, vinculados a los vendedores de diarios conocidos como "canillitas", explica el estilo de las letras y la particular forma de canto. Los "canillitas", primeros cantantes de las murgas
La murga tuvo su origen en España y la pionera en Uruguay surgió en 1908,
se llamaba
Gaditana
que se va y formaba parte del repertorio que ofrecía la Compañía de
Zarzuelas. Luego de la murga Gaditana surgieron otras agrupaciones que
adoptaron nombres de gran comicidad como "Don Bochinche y Compañía", "Formale
el cuento a la vieja", "Tirame la punta del naso", "Domadores de suegras",
"Salimos por no quedarnos en casa", "Los peludos terribles", "Amantes al
salamín", "Escuela de tiburones" y "Asaltantes con Patente", entre otras.
Estas primeras murgas, integradas por seis o siete miembros, cambiaban las
letras originales de canciones por otras de tono picaresco y utilizaban
instrumentos de viento fabricados con cartón. La murga evolucionó y fue
reconocida como una nueva categoría en 1917. El número de componentes fue
creciendo un promedio de 20 integrantes y se comenzó a utilizar el bombo,
el platillo y el redoblante. Esta innovación fue obra de José "Pepino"
Ministeri quien también impuso la vestimenta del director con frac, levita
y zapatillas. En la década de 1980 la corriente denominada canto popular
le dio nuevos impulsos a la murga.
La categoría Murgas es
conceptualmente un natural medio de comunicación, transmite la canción del
barrio, recoge la poesía de la calle, canta los pensamientos del asfalto.
Es una forma expresiva que trasunta el lenguaje popular, con la veta de
rebeldía y romanticismo.
La murga podrá entrar en
pleno en escena, siendo muy importante el papel del director que
encabezará la movilidad contribuyendo al contagio de sus compañeros.
(fuente : www.viajeros.com) INFORMACIONES GREMIALES LOCALES:
REUNION CON CARACTER URGENTE:
PARA TOMAR POSICION REFERENTE A ESTOS DOS PUNTOS PARA EL PLENARIO NACIONAL EN FEMI, EL DIA VIERNES 8 DE FEBRERO HORA 9 .
JUEVES 7 DE FEBRERO DE 2008. SEDE DE GREMESO HORA 20.15
TEMAS:
SE AGRADECE PUNTUALIDAD YA QUE LA REUNION, SE EXTENDERÁ HASTA LAS 21.15.
INFORMACIONES GREMIALES NACIONALES:
A) NEGOCIACIONES CON ASSE:
P R O P U E S T A de C R O N O G R A M A
I- Consideraciones Preliminares: 1- El presente documento tiene como finalidad establecer claramente los conceptos y el alcance de la propuesta de Cronograma presentada por ASSE a las gremiales médicas en cumplimiento del punto 6o. del Acuerdo del 12 de setiembre de 2007. Debe considerarse como cuestión previa la interpretación precisa de lo terminos de la cláusula mencionada: “Iniciar un proceso de adecuación salarial para el sector médico de ASSE tendiente a la equiparación de sus retribuciones dentro de dicho servicio descentralizado, así como también a equipara éstas con las del resto de los médicos de las instituciones que formen parte del SNIS, según cronograma (...). Como resultado del proceso de equiparación no podrá modificarse las condiciones de remuneración actuales fuera del sistema público. Este proceso se realizará en un plazo de dos años en el marco de la reestructura general de ASSE. En este contexto ASSE se compromete en el plazo de un año a partir de la firma de este acuerdo, a reducir significativamente la brecha existente entre los ingresos de los médicos, que cumplen doce y veinticuatro horas semanales, priorizando el monto salarial de aquellos que cumplan mayores cargas horarias.”
2- En primer lugar, tanto la interpretación de los téminos y las expresiones realizadas por las partes (ASSE -MSP, SMU, FEMI y SAQ) al suscribir el acuerdo, en referencia a su propósito, es claro que existe el compromiso de “iniciar” un proceso que permita una aproximación sustancial de los salarios médicos de ASSE con el resto del Sistema Nacional Inegrado de Salud. “Iniciar un proceso de adecuación salarial” (esta frase indica que se está abordando el comienzo de un tránsito hacia la adecuación salarial y no su resultado inmediato, que seguramente se darà al finalizar ese proceso) ... ”tendiente a la equiparación de sus retribuciones dentro de dicho servicio descentralizado, así como también a equipara éstas con las del resto de los médicos de las instituciones que formen parte del SNIS” (el término “tender” indica una actitud y decisión de aproximarse al objetivo planteado, no es sinónimo de “concretar”, ni de “realizar” u otro término que denote efectivización inmediata del objetivo planteado) “Como resultado del proceso de equiparación no podrá modificarse las condiciones de remuneración actuales fuera del sistema público” (este giro en la expresión reafirma que la voluntad de los participantes del acuerdo no significó el compromiso aplicar los criterios de pago del sector privado dentro de ASSE. Por el contrario, de haberse querido establecer tal máxima en el acuerdo se hubiera consignado expresa y concretamente, lo que no se hizo) “... un año a partir de la firma de este acuerdo, a reducir significativamente la brecha existente entre los ingresos de los médicos, que cumplen doce y veinticuatro horas semanales” (el concepto de “reducir significativamente la brecha”, es manifestación de voluntad de disminuir la diferencia salarial, pero no eliminarla en dicho lapso, lo que claramente se hubiera redactado de otra manera si fuera el propósito acordado) Estos conceptos no son un simple ejercicio “semántico” sino la correcta interpretación y aplicación del texto del acuerdo, ya que el mismo surge de la clara conciencia y conocimiento de las capacidades con que cuenta ASSE de cumplir con los compromisos económicos que un acuerdo de esta naturaleza requiere. Toda otra interpretación que suponga, implique o pretenda llevar los compromisos asumidos más alla de lo que se desprende del texto acordado y la volunta de los firmantes, está totalmente fuera de los alcances de inversión en salario médico para el sector público de ASSE. *** II-Consideraciones Generales: 1- El acuerdo a alcanzar por ASSE con las gremiales médicas tendrá duración hasta Marzo de 2010 y deberá incluir un conjunto de compromisos: objetivos salariales (cumplimiento del cronograma), controles sobre las cargas horarias efectivamente trabajadas, generación de procesos información que se mantengan operativos, cobertura completa de los servicios, utilización eficiente y racional de todos los servicios, ausencia de derivaciones fuera de los establecimientos de ASSE, funcionamiento de comisiones para atender los temas referidos a condiciones de trabajo y compromiso de generar un funcionamiento sin conflictos gremiales. 2-La cronograma de adecuación salarial presentado es una propuesta seria y responsable en cuanto a la capacidad de inversión que cuenta el organismo, por lo cual podrá tener pequeños ajustes de común acuerdo. El rechazo de la misma, o de sus modificaciones que signifique un cambio sustancial en los montos globales de inversión que en ella proyecta, provocará su inviabilidad y tiene como consecuencia el retiro total de la misma. Se podrán establecer, pasada la mitad de su ejecución, algunos correctivos que incrementen algunos de los factores planteados (complemento variable, proceso de salarización) supeditado a la evolución de los costos efectivos del cronograma y la evolución de la estructura de ingresos de ASSE. Esto podrá ser acordado siempre y cuando se establezca un mecanismo específico, claro y concreto, y sobre el cual no pueda generarse ninguna medida gremial. 3- Por su parte ASSE centra su propuesta en la búsqueda de superar las inequidades internas existentes en la organización en materia salarial, la incorporación de factores salariales que incluyan los objetivos institucionales, la búsqueda de mayor eficiencia en el desempeño laboral, así como una aproximación a la situación salarial de las instituciones que forman parte SNIS, tal como se interpreta el acuerdo del 12 de setiembre. 4- El cumplimiento del cronograma en fechas y montos dependerá de las condiciones establecidas por el MEF en materia de controles de cargas horarias, sistemas de información de gestión de ASSE, etc. de lo cual el Directorio se hace responsable, y las gremiales médicas deberán comprometerse a colaborar. 5- La estructura de recursos humanos futuros deberá incorporar relaciones contractuales de mayor formalidad, incorporando contratos dependientes con cargas horarias y condiciones laborales estrictas. Ello podrá ser alcanzado mediante los procesos de salarización así como medidas tendientes a conformar una relación laboral basada en compromisos de gestión. ***
III- Medidas Planteadas en el Cronograma: 1- Se toman una base de trabajo, para definir la retribución respectiva en la que se distingue las siguientes: Policlínica Ampliada (policlínica tradicional, visita en sala, y otras actividades presenciales que no se incluyen en la guardia), Guardia Interna y Retenes. Esta propuesta parte de la base plenamente aceptada en cuanto a que la suma de $ 12.766 supone el salario mínimo por una carga horario de 12 horas semanales dentro de ASSE y no se considerará base de cálculo de ninguna otra remuneración.
1.1- Policlínica Ampliada: Para Policlínica, se estructura una base salarial (salario mensual), para aquellos que cumplen 24 hs. semanal (a partir de este acuerdo el salario corresponderá a dicha carga horaria, considerada semanalmente) El sistema de carga horarias será el definido por la Administración, tomando como punto de partida las horas que se definan de común acuerdo con los profesionales Médicos en Marzo de 2008. Los prefesionales podrán optar por acceder a una carga horaria mínima de 16 hs semanales de Medicina General, y 14 hs semanales de Especialidades Médicas, comprometiéndose ASSE a asegurar dicha carga horaria. En la misma fecha los profesionales que aspiren a realizar mayores cargas horarias (hasta 24 hs de Medicina General y hasta 20 hs de Especialista) serán considerados por una comisión de trabajo integrada por los Gremios Médicos y ASSE, con el objetivo de Mejorar la calidad de Asistencia, mayor rendimiento de los sericios y reducción de los tiempos de espera. No podràn reducirse la carga horaria actual de los profesionales médicos en forma unilateral por cualquiera de las partes. Las cargas horarias definidas por estos mecanismos, determinarán el compromiso asumido por los profesionales médicos, el que será controlado por ASSE en referencia a su efectiva realización. De dicha definición, surgirá la remuneración que percibirán los Médicos, quedando establecido el monto y plazo en el cronograma que se especifica.
1.2- Guardia Interna: Para el sector de guardia interna, se partirá de un régimen de pago por hora trabajada. Dicho valor será extensivo a los profesionales de Montevideo que revistan en función de Retén desarrollando actividades en una o varias ejecutoras de todo ASSE.
1.3- Retenes: Se partirá de un régimen de pago por hora. Los nuevos salarios para Retenes, tendrán etapas diferentes para algunas especialidades producto de los planteos de urgencias realizadas por FEMI. Se establecerán criterios de trabajo y tiempo máximo de concurrencia del retén ante el llamado (2 hs máximo). Los presentes incrementos serán aplicados a todos los retenes que concurran, convocados por la UE, un mínimo de 10 veces al mes. Se establecen etapas que determinan montos mínimos del valor hora de Retén, así como otras etapas en que se realizan incrementos porcentuales para todos. La definición del 30% y 50% mínimo de la hora Reten, es el porcentaje de la hora de guardia presencial establecida en el propio cronograma. Dicho porcentaje será definido en función de criterios de producción y resolutividad efectiva del centro asistencial, y en la medida que se avance en mayor información de gestión se podrá aplicar a los Equipos de Especialidades, o grupos funcionales. Podrá establecerse un valor hora menor para algunos centros asistenciales así como para aquella especialidades cuya tasa de convocatoria sea muy baja, lo que será material de estudio por una Comisión.
1.3- Salarización: Se establecerá un proceso de formalización de la relación laboral entre ASSE y los Médicos que revisten en Comisión de Apoyo 068 y Patronato. De llegarse a un acuerdo sobre aspectos vinculados a los reclamos judiciales existentes así como los aspectos vinculados a relaciones laborales generales, se podrá incluir la solución de una nueva y diferente forma de contratación, en relación de dependencia con Comisión de Apoyo. Como tendencia general, a partir del proceso de incrementos salariales, se buscará generar mayor proporción del salario correspondiente al Rubro 0, que al recibido por las comisiones de apoyo bajo la forma de complemento. Con ello se cumple lo pactado en el punto 2 del Acuedo del 12 de setiembre, de iniciar el proceso.
1.4- Pago Variable: Establecer un monto equivalente al 10% de la masa salarial médica para el pago de un complemento variable asociado a “Mejorar la Calidad, Resolutividad y Producción de los Servicios Asistenciales de ASSE”. El mismo será administrado globalmente con un consejo bipartito que actuará a a nivel central, y será gestionado directamente en cada unidad ejecutora. Su aplicación estará asociada directamente a Metas de Gestión, cumplimiento de estandares mínimos producción y atención satisfactoria de los servicios. Tanto al unidad ejecutora, los equipos y los profesionales deberán cumplir con las pautas necesarias que se acuerden para el correcto funcionamiento de los establecimientos asistenciales. Del monto mensual disponible para cada unidad ejecutora se deducirán los montos correspondientes a las derivaciones realizadas fuera de los establecimientos de ASSE. Se adjudicará un porcenaje de dicho fondo a la actividad Anestésico Quirúrgica, otro al segundo nivel, internación y CTI y servicios de apoyo (imagenología, hemoterapia, etc), y otro al Primer Nivel de Atención. Dicho complemento sera aplicado partiendo en el 2º semestre de 2008, dependiendo de la capacidad de ASSE de generar indicadores de gestión válidos para su desarrollo. 1.5-Complemento por nivel de responsabilidad y función: El complemento por nivel será incorporado sobre el sueldo base del grado respectivo. No tiene carácter salarial sino compensatorio por la función a desempeñar. No establecerá ni techo ni piso salarial, sino que lo complementará. Su adjudicación estará asociada a la función y a una mayor responsabilidad o mayor dedicación, determinandose en cada caso su duración en el tiempo. Se diferenciarán niveles por responsabilidad (que implicarán el cumplimiento de una tarea de responsabilidad institucional) y niveles por función (que serán específicos a los requerimientos y habilidades que la tarea impliquen) Ej: nivel por responsabilidad (tareas de dirección, adjuntos, secretaría de dirección, coordinadores y jefes, etc.). Nivel por función (son los casos en que la función implique una serie de actitudes y aptitudes específica: confidencialidad de la información, dedicación extra en horas, compromiso con procesos, actividad movil, actividad fuera de consultorio, etc). En ambos casos el nivel podrá ser temporal (por un plazo definido) o definitivo mientras cumpla la función o responsabilidad que lo genera. El nivel, aunque en algun caso pueda no determinar una mayor carga horaria, siempre deberá implicar una mayor dedicación institucional, que será establecida debidamente. 1.5- Propuesta inicial de Establecimiento de Niveles en el área Médica:
Emergencia Movil (105) Sector de Alta Demanada: (Ej Tomografía Hospital Maciel) Nivel transitorio hasta que se produzca la equiparación definitiva con el resto de los sectores equiparables. Médico de Familia: Nivel por mayor dedicación, tareas comunitarias y de trabajo fuera del consultorio
Coordinador % sobre salario del sector. Jefe % sobre salario del sector. Adjunto % sobre salario de policlínica (base 24 hs) Sub Director % sobre salario de policlínica (base 24 hs) Director % sobre salario de policlínica (base 24 hs) *** IV- Cronograma de Incrementos definidos:
1- Se ha separado el incremento de factor variable sujeto a definir si el mismo se aplica directamente como una proporción del salario o si debe incluirse con el criterio expuesto anteriormente.
Este sería la evolución de los valores hora para guardia y salarios policlínica respectivamente, separando el porcentaje variable, a fin de definir un sistema de distribución. Su aplicación del proceso en el tiempo conllevaría a un incremento constante para el sector de guardia. Para policlínica, por estar asociado al incremento de las cargas horarias, seguirá un proceso que adecuará la evolución salarial a valores proporcionales, preservando los valores correspondientes a los ajustes por inflación.
2- Evolución salarial de Policlínica ampliada de Medicina General con carga horaria semanal y salario mensual.
Evolución salarial de Policlínica ampliada de Especialidades con carga horaria semanal y salario mensual. Para quienes permanezcan voluntariamente realizando 12hs semanales se mantienen los salarios actuales ajustados por IPC. (idem 12hs MG). Podrán voluntariamente pasar a realizar una carga horaria de 14 hs semanales. Toda carga horaria mayor deberá contar con el acuerdo de la Comisión creada a estos efectos.
3- Retenes de Interior.- El cronograma de retenes es el mínimo a ejecutar, habiendo expresado la dirección de ASSE la disposición de acercar los plazos planteados, a partir de las economías que puedan surgir en el interior del país en la aplicación del programa de incrementos de las cargas horarias, En principio el cronograma posible para ASSE sería el siguiente:
La definición de los diferentes montos para los retenes, así como las especialidades consideradas de baja demanda serán definidas en una comisión bipartita Administración de los Servicios de Salud del Estado – Femi.
Montevideo, febrero 2008
B) FEMI
Se cita a un Plenario Gremial de FEMI en nuestra sede de Cufré 1781 para el viernes 8 de Febrero a la hora 9.00 para tratar el siguiente Orden del Día:
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